º. La franquicia tendrá vigencia desde el 7 de septiembre de 1997 hasta el 7 de marzo de 1998, inclusive.
Decreto 2883 de 1997 →Vigente
Artículo 2
La Franquicia Tendrá Vigencia Desde El 7 De Septiembre De 1997 Hasta El 7 De Marzo De 1998, Inclusive
Decreto 2883 de 1997 · por el cual se adoptan medidas sobre Franquicia Postal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.