Micelio

Artículo 15

Los Funcionarios Que Conforme Al Citado Decreto Tienen A Su Cargo El Control De Los Establecimientos O Negocios De Que Trata El Artículo Anterior, Y Que Incumplieren Las Obligaciones Que En Dicho Decreto Se Les Señalan, Serán Sancionados Por El Respectivo Superior Con Multas Hasta De Cien Pesos, Ante La Simple Verificación Del Hecho

Decreto 1426 de 1950 · Por el cual se modifican disposiciones de la ley 48 de 1936, del Decreto número 1740 de 1940, y se suspenden el artículo 8º del Decreto número 395 de 1936 y 1º del Decreto número 1457 de 1940, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los funcionarios que conforme al citado Decreto tienen a su cargo el control de los establecimientos o negocios de que trata el artículo anterior, y que incumplieren las obligaciones que en dicho Decreto se les señalan, serán sancionados por el respectivo superior con multas hasta de cien pesos, ante la simple verificación del hecho. En caso de reincidencia serán sancionados con la pérdida del empleo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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