Micelio

Artículo 2.5.3.3.4.3.7

Funciones De La Junta Administradora

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Junta Administradora. Serán funciones principales de la Junta Administradora del fondo especial administrado por el Icetex, las siguientes:

1.

Expedir y modificar el reglamento operativo del fondo especial, en el cual se desarrollarán los aspectos relacionados con la verificación de los criterios de se­lección de los beneficiarios, la adjudicación de las becas, la legalización de estas, los desembolsos de los recursos y sus renovaciones periódicas, los procedimien­tos de cobro cuando sea el caso, y demás aspectos necesarios para garantizar el óptimo aprovechamiento de los recursos del fondo y la correcta ejecución de sus operaciones.

2.

Velar por el cumplimiento de los criterios de selección de los beneficiarios y de la adjudicación de las becas previstos para cada programa de becas.

3.

Examinar los informes semestrales que presente el Icetex sobre la gestión ad­ministrativa y financiera del fondo y evaluar la ejecución con base en dichos informes.

4.

Crear y designar los miembros, funciones y responsabilidades del comité técnico encargado de analizar la información y los documentos sobre los cuales la Junta Administradora debe adoptar decisiones, conforme al reglamento operativo del fondo.

5.

Evaluar y aprobar las solicitudes de reconocimiento de cumplimiento de condi­ciones para la conservación de la beca que el comité técnico le presente para su consideración.

6.

Aprobar los gastos que conlleve la administración del fondo.

7.

Fijar las fechas de las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta Admi­nistradora, las cuales se llevarán a cabo como mínimo dos veces al año.

8.

Evaluar y aprobar los casos especiales que no queden previstos en el reglamento operativo.

9.

Las demás que se consideren pertinentes para el logro de los objetivos del fondo y que no estén atribuidas a otros órganos o entidades por ninguna disposición legal o reglamentaria aplicable.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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