Micelio

Artículo 7

El Proceso De La Votación Es El Siguiente: El Presidente Del Jurado Exigirá Al Ciudadano La Cédula De Ciudadanía, La Examinará, Verificará Su Identidad Y Buscará El Número De La Cédula En La Lista De Sufragantes

Decreto 877 de 1988 · Por el cual se fija la forma de elección de los miembros de las Juntas Administradoras en los Corregimientos Intendenciales y Comisariales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El proceso de la votación es el siguiente: El presidente del jurado exigirá al ciudadano la cédula de ciudadanía, la examinará, verificará su identidad y buscará el número de la cédula en la lista de sufragantes. Si figurare, le permitirá depositar el voto registrará que el ciudadano ha votado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 877 de 1988