Micelio

Artículo 51

Para Obtener La Inscripción En Cuanto A Los Buzos Civilizados O A Los Buzos Indios, Que Pesquen Por Cuenta De Otras Personas, Será Preciso Presentar Certificados Médicos En Que Conste Por Quienes Solicitan La Inscripción Están Capacitados Para Ejercer El Oficio De Buzos Por Sus Condiciones De Salud

Decreto 1315 de 1923 · Por el cual se reglamenta la pesca de perlas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para obtener la inscripción en cuanto a los buzos civilizados o a los buzos indios, que pesquen por cuenta de otras personas, será preciso presentar certificados médicos en que conste por quienes solicitan la inscripción están capacitados para ejercer el oficio de buzos por sus condiciones de salud. De la matrícula se le dará al interesado una constancia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1315 de 1923