Micelio

Artículo 3

Las Estampillas Indicadas, De Valores En Centavos, Tendrán La Forma Y Dimensiones De Un Paralelogramo Rectangular De Treinta Y Tres Milímetros De Altura Por Veintiocho Milímetros De Base; Llevaran En La Parte Central El Escudo De Armas De La Nación; Sobre Este, En Renglones Curvilíneos Sucesivos, Las Palabras República De Colombia Y Timbre Nacional ; En La Parte Inferior, En Números Y Letras El Valor De La Estampilla, También En Renglones Curvilíneos; En La Parte Media Izquierda, 1915 , Y En La Parte Media Derecha, 1916

Decreto 873 de 1914 · Por el cual se determinan las dimensiones, las inscripciones, la forma, el valor y los demás requisitos del papel sellado y las estampillas de timbre nacional para el bienio de 1915 y 1916

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las estampillas indicadas, de valores en centavos, tendrán la forma y dimensiones de un paralelogramo rectangular de treinta y tres milímetros de altura por veintiocho milímetros de base; llevaran en la parte central el escudo de armas de la nación; sobre este, en renglones curvilíneos sucesivos, las palabras República de Colombia y Timbre Nacional ; en la parte inferior, en números y letras el valor de la estampilla, también en renglones curvilíneos; en la parte media izquierda, 1915 , y en la parte media derecha, 1916. Las estampillas de que trata este artículo se imprimirán en el papel y con la tinta que se indica enseguida: Las de $ 0-01, papel blanco y tinta negra. Las de valor de $ 0-02, papel verde y tinta azul. Las de valor de $ 0-03, papel amarillo y tinta punzo. Las de valor de $ 0-05, papel azul y tinta negra. Las de valor de $ 0-10, papel blanco y tinta marrón. Las de valor de $ 0-20, papel rosado y tinta negra. Las de valor de $ 0-25, papel amarillo y tinta verde. Las de valor de $ 0-40, papel blanco y tinta roja. Las de valor de $ 0-50, papel verde y tinta azul.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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