División de Seguimiento de Emisores. A la División de Seguimiento de Emisores le corresponde desarrollar las siguientes funciones
Estructurar y mantener un sistema de seguimiento a los emisores de títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, a efectos de poder ejercer el control del cumplimiento de las obligaciones contraídas por dichas entidades.
Informar al Superintendente Delegado para Emisores cualquier irregularidad en la evolución de las entidades emisoras que pueda llegar a originar el incumplimiento de las obligaciones contraídas con el público o cualquier conducta que atente contra la seguridad, estabilidad y transparencia del mercado.
Elaborar los estudios financieros, económicos, jurídicos y contables necesarios para decidir sobre las solicitudes que presenten los emisores de valores sometidos al control exclusivo de la Superintendencia de Valores.
Realizar visitas a las entidades emisoras de valores sometidas al control exclusivo de la Superintendencia de Valores, en los términos y con las facultades establecidas en el presente decreto.
Proyectar los actos administrativos y de trámite para adelantar el procedimiento administrativo que debe seguirse como consecuencia de las visitas practicadas.
Presentar informes periódicos sobre la situación de las sociedades emisoras de títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores.
Elaborar los estudios financieros y jurídicos necesarios para decidir sobre la autorización de la solemnización de las reformas estatutarias relativas a la reorganización de la sociedad, tales como la fusión, la escisión, la transformación, la conversión de acciones y la disolución anticipada así como la reducción del capital social cuando implique reembolso efectivo de aportes, y en los casos de avalúos de aportes en especie.
Elaborar los estudios económicos, financieros y jurídicos propios para la declaratoria de la situación de control o grupo empresarial de las sociedades sometidas a control exclusivo de la Superintendencia de Valores, así como para ordenar la inscripción en el registro mercantil.
Atender y resolver las consultas financieras, jurídicas y contables que formule el público en general y los emisores de valores sobre aspectos que competen a la división.
Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.