La Junta Directiva estará formada por el Ministro de Comunicaciones o su delegado y cuatro representantes del Presidente de la República, designados con sus suplentes respectivos.
Presidirá la Junta Directiva el Ministro de Comunicaciones, o su delegado.
Los representantes del Presidente de la República y sus suplentes serán de su libre nombramiento y remoción.
El Director General de la Administración Postal Nacional tendrá voz en las deliberaciones de la Junta Directiva.
Las funciones de Secretario de la Junta serán desempeñadas por el Secretario General del Instituto, y en su defecto por él empleado que designe el Director General.
Los Jefes de las unidades administrativas del Instituto podrán asistir a las sesiones de la Junta Directiva cuando cualquiera de los miembros de ella, o el Director General, los requiera para informar sobre los asuntos de sus competencias respectivas.