Solicitud. Para el reconocimiento de la personería jurídica de una institución de educación superior, el representante legal provisional de la misma deberá formular la solicitud escrita ante el Ministerio de Educación Nacional, acompañada de la documentación establecida en el artículos 100 de la Ley 30 de 1992, cuyos requisitos de contenido, forma y diligenciamiento son los consignados en este Título.
(Decreto 1478 de 1994, artículo 1°).