La persona que incurra en cualquiera de las infracciones señaladas en el presente Decreto será sancionada por el Ministerio de Comunicaciones, según la gravedad de la falta, el daño producido y la reincidencia de su comisión, así
1.
Multas hasta por una suma equivalente a mil (1 000) salarios mínimos legales mensuales.
2.
Cancelación definitiva de la licencia de radioaficionado.