Articulo 11. Las licencias se concederán por el término de un año, mediante resolución del Ministerio del ramo. Si el concesionario desearé obtener prórroga de la licencia, deberá solicitarlo antes de la fecha de vencimiento de la licencia vigente. Llegada esta fecha, si el concesionario no hubiere hecho solicitud alguna de prórroga, la licencia quedará cancelada y el Ministerio podrá asignar a otras estaciones las longitudes de onda y las letras distintivas de las estaciones a que se refiere la licencia cancelada. Para la prórroga de una licencia se requiere nueva resolución.
Decreto 2580 de 1936 →Vigente
Artículo 11
Las Licencias Se Concederán Por El Término De Un Año, Mediante Resolución Del Ministerio Del Ramo
Decreto 2580 de 1936 · Por el cual se reglamenta la concesión de licencias para servicios radiotelefóncos uso particular o privado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.