Micelio

Artículo 3

A Partir De La Vigencia De Este Decreto, Los Cargos De La Planta De Personal De Trabajadores Oficiales Fijada Por Los Decretos 459 De 1985 Y 36 De 1988, Que Excedan El Número Establecido En El Artículo 2° Del Presente Decreto, Para Cada Denominación Del Cargo U Oficio Quedarán Suprimidos Al Producirse La Terminación De Los Respectivos Contratos De Trabajo De Quienes Los Están Desempeñando, Por Cualquiera De Las Causales Previstas En La Ley

Decreto 3151 de 1990 · por el cual se establece la planta de personal del Ministerio de Obras Públicas y Transporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3° A partir de la vigencia de este Decreto, los cargos de la planta de personal de trabajadores oficiales fijada por los Decretos 459 de 1985 y 36 de 1988, que excedan el número establecido en el artículo 2° del presente Decreto, para cada denominación del cargo u oficio quedarán suprimidos al producirse la terminación de los respectivos contratos de trabajo de quienes los están desempeñando, por cualquiera de las causales previstas en la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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