Los cargos del Director-Profesor, del Subdirector y del personal científico del Instituto Caro y Cuervo tendrán el carácter de docentes para todos los efectos legales, en especial los de escalafón nacional de enseñanza secundaria y universitaria. Los empleados del Instituto Caro y Cuervo conservarán el carácter de empleados nacionales para lo relacionado con el régimen de prestaciones sociales y los demás efectos legales.
Los actuales empleados del Instituto, cuyos cargos no cambien de denominación, no necesitarán de nuevo nombramiento ni posesión.
El Síndico del Instituto no quedará inhibido para el ejercicio normal de sus actividades privadas.
Los miembros científicos del Instituto podrán recibir licencias para separarse de sus cargos por tiempo indefinido, sin perder el derecho a reintegrarse a sus funciones.