Micelio

Artículo 36

El Instituto Ajustara Sus Operaciones A Un Presupuesto Anual De Ingresos Y Egresos, Cuyo Proyecto Debe Presentar Al Ministerio De Comunicaciones Antes De Su Consideración Por La Junta Directiva

Decreto 1170 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto ajustara sus operaciones a un presupuesto anual de ingresos y egresos, cuyo proyecto debe presentar al Ministerio de Comunicaciones antes de su consideración por la Junta Directiva. El dicho presupuesto deberá incluirse, forzosamente, con destino a la caja de previsión social de comunicaciones y al fondo nacional de ahorro, las partidas suficientes para cubrir las prestaciones sociales a sus servidores.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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