Los fondos provenientes de la venta de las estampillas del "Servicio Social Educativo Voluntario ", se destinarán preferencialmente para las bibliotecas escolares y para incrementar los fondos del ahorro escolar. La Dirección de Educación estudiará y reglamentará la forma técnica de aprovechamiento de las citadas estampillas de Servicio Social Educativo Voluntario y los fondos provenientes del ahorro escolar, para lograr, de acuerdo con el Instituto Colombiano de Seguros Sociales, el implantamiento y efectividad del Seguro Social Obligatorio Infantil.
Por Decretos y Resoluciones especiales, podrá destinarse una parte de los citados fondos para la proyectada "Casa del Maestro ", que recibirá el nombre de "Club Social del Magisterio ", y cuyo funcionamiento será reglamentado por la Dirección de Educación.