° Los Jefes de los Departamentos número 4, de Aviación y de Marina, asi como los de la Bases Aéreas y Navales de la República y los Ingenieros de las mismas, dependientes del Ministerio de Guerra todos, podrán, dentro de las partidas asignadas para materiales, comprar elementos hasta por la cantidad mensual de dos mil pesos ($ 2,000) cada uno, siempre que cada adquisición sea inferior a mil pesos ($ 1,000), en las mismas condiciones en que puede hacer dichas compras la Sección de Provisiones del Gobierno Nacional y previa aprobación del Ministerio.
Artículo 1
Los Jefes De Los Departamentos Número 4, De Aviación Y De Marina, Asi Como Los De La Bases Aéreas Y Navales De La República Y Los Ingenieros De Las Mismas, Dependientes Del Ministerio De Guerra Todos, Podrán, Dentro De Las Partidas Asignadas Para Materiales, Comprar Elementos Hasta Por La Cantidad Mensual De Dos Mil Pesos ($ 2,000) Cada Uno, Siempre Que Cada Adquisición Sea Inferior A Mil Pesos ($ 1,000), En Las Mismas Condiciones En Que Puede Hacer Dichas Compras La Sección De Provisiones Del Gobierno Nacional Y Previa Aprobación Del Ministerio
Decreto 302 de 1935 · Por el cual se reglamenta la adquisición de materiales en el Ministerio de Guerra
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.