Representación mediante Poderes. Todo afiliado a la corporación puede hacerse representar en las reuniones de la asamblea mediante poder escrito.
Se estará a lo dispuesto en los respectivos estatutos para la inscripción de participantes con la calidad de afiliados hábiles y la presentación de poderes ante la dependencia de la caja señalada en la convocatoria.
Cada poder deberá ser presentado por quien lo otorga, o estar autenticado ante autoridad competente.
Cuando la caja tenga oficinas en diferentes municipios los poderes podrán ser presentados en éstas por los respectivos afiliados.
(Decreto número 341 de 1988, artículo 24)