Micelio

Artículo 1.7.1.4.6

Solicitud De Visto Bueno

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una vez vencido el término del Artículo 1.7.1.4.4 de esta resolución, o recibida la respuesta al emplazamiento especial por abuso, el funcionario competente que viene conociendo de la investigación deberá solicitar, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a través de oficio, al Director de la Seccional Correspondiente y al delegado del Director de Gestión de Fiscalización Nivel Central, visto bueno para continuar con el proceso.

La solicitud deberá contener toda la información pertinente sobre el caso objeto de estudio. El funcionario solicitante deberá entregar toda la información y pruebas aportadas en la respuesta al emplazamiento del contribuyente.

(Artículo 15, Resolución 4 de 2020)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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