º Este Libro estará a cargo de la Secretaría General del Ministerio de Relaciones Exteriores y en él serán inscritos los ciudadanos colombianos a que se refiere el artículo anterior, haciendo constar el nombre del interesado, fecha y lugar de su nacimiento, fechas de los diplomas de bachiller, licenciado, doctor o abogado, según el caso, y fechas de la autorización del Ministerio para ingresar al curso de Extensión Diplomática y Consular y del diploma de ésta. II Del ingreso a la carrera
Artículo 3
Este Libro Estará A Cargo De La Secretaría General Del Ministerio De Relaciones Exteriores Y En Él Serán Inscritos Los Ciudadanos Colombianos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Haciendo Constar El Nombre Del Interesado, Fecha Y Lugar De Su Nacimiento, Fechas De Los Diplomas De Bachiller, Licenciado, Doctor O Abogado, Según El Caso, Y Fechas De La Autorización Del Ministerio Para Ingresar Al Curso De Extensión Diplomática Y Consular Y Del Diploma De Ésta
Decreto 1300 de 1938 · Por el cual se reglamenta la carrera diplomática y consular y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.