º La ejecución de los proyectos que utilicen recursos del Fondo de Inversiones para el Desarrollo Regional de la Amazonia, estará a cargo de las entidades del orden nacional, departamental, intendencial, comisarial y municipal, de acuerdo con los requerimientos técnicos, institucionales y operacionales establecidos en los estudios que sean aprobados por el Consejo Regional de Planificación de la Amazonia.
Artículo 7
º La Ejecución De Los Proyectos Que Utilicen Recursos Del Fondo De Inversiones Para El Desarrollo Regional De La Amazonia, Estará A Cargo De Las Entidades Del Orden Nacional, Departamental, Intendencial, Comisarial Y Municipal, De Acuerdo Con Los Requerimientos Técnicos, Institucionales Y Operacionales Establecidos En Los Estudios Que Sean Aprobados Por El Consejo Regional De Planificación De La Amazonia
Decreto 3083 de 1986 · Por el cual se crea la Región de Planificación de la Amazonia y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.