Para el cumplimiento de los proyectos, el Secretario de Integración Popular de la República podrá actuar en coordinación con los Gobernadores, los Alcaldes, los Jefes de Planeación y, en general, los funcionarios de las entidades territoriales respetivas, también y con el mismo objeto podrá solicitar y obtener colaboración de otras entidades públicas de cualquier naturaleza, así como de las del sector privado.
Artículo 12
Para El Cumplimiento De Los Proyectos, El Secretario De Integración Popular De La República Podrá Actuar En Coordinación Con Los Gobernadores, Los Alcaldes, Los Jefes De Planeación Y, En General, Los Funcionarios De Las Entidades Territoriales Respetivas, También Y Con El Mismo Objeto Podrá Solicitar Y Obtener Colaboración De Otras Entidades Públicas De Cualquier Naturaleza, Así Como De Las Del Sector Privado
Decreto 1543 de 1975 · Por el cual se dictan normas sobre integración popular y se crean la secretaría y el fondo correspondiente
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.