Sin un empleado u obrero se retira de la empresa voluntariamente, cesará por este solo hecho la obligación del seguro, aun cuando el interesado padezca de enfermedad de cualquier naturaleza o haya sido víctima de accidente. La prescripción médica o el dictamen de imposibilidad de seguir trabajando o la indicación de peligro grave a la vida o la salud en caso de no retirarse de la empresa, le quitan al retiro del obrero o empleado el carácter de voluntario.
Decreto 800 de 1932 →Vigente
Artículo 12
Sin Un Empleado U Obrero Se Retira De La Empresa Voluntariamente, Cesará Por Este Solo Hecho La Obligación Del Seguro, Aun Cuando El Interesado Padezca De Enfermedad De Cualquier Naturaleza O Haya Sido Víctima De Accidente
Decreto 800 de 1932 · Por el cual se reglamentan las leyes 37 de 1921, 32 de 1992, 44 de 1929 y 133 de 1931
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.