º Este Decreto regirá a partir de su publicación.
Decreto 2867 de 1989 →Vigente
Artículo 8
º Este Decreto Regirá A Partir De Su Publicación
Decreto 2867 de 1989 · Por el cual se reglamenta el artículo 207, numeral 4° del Código Contencioso Administrativo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.