° El personal del Clero Castrense tendrá las siguientes relaciones de dependencia
El Vicario Delegado en el orden eclesiástico del Vicario Castrense y en el orden administrativo y militar, del Ministerio de Defensa Nacional.
Las Capellanes Jefes de cada Fuerza en lo eclesiástico del Vicario Delegado, y en lo administrativo y militar, del Comandante de la respectiva Fuerza.
Los demás Capellanes Castrenses, en el orden eclesiástico del Vicario Delegado por intermedio del Capellán Jefe de la correspondiente Fuerza, y en lo administrativo y militar del Comando de la Unidad en el cual presten sus servicios.
Los Capellanes Auxiliares en el orden eclesiástico de su actividad castrense, del Vicario Delegado por intermedio del Capellán Jefe de la correspondiente Fuerza, y en el de sus actividades administrativas, del Comando de la Unidad en el cual preste sus servicios.