° Corresponde al Ministerio de Defensa Nacional conforme a la Constitución y a la Ley
Preparar los proyectos de ley relacionados con el ramo de la Defensa Nacional;
Prepara los proyectos de decretos y resoluciones ejecutivas que deban dictarse en ejercicio de las atribuciones que corresponden al Presidente de la Republica como suprema autoridad administrativa, en los aspectos de la Defensa nacional y dar desarrollo de las ordenes al Presidente que se relacionen con tales atribuciones;
Cumplir las funciones y atender los servicios que le están asignados y dictar, en desarrollo de la Ley y de los decretos respectivos, las normas necesarias para tal efecto;
Preparar los planes y programas de inversiones y otros desembolsos públicos correspondientes a su sector y los planes de desarrollo en el ramo de la Defensa Nacional y adelantan su ejecución.
Contribuir la formulación de la política del Gobierno en el ramo de la Defensa Nacional y adelantar su ejecución CAPITULO II Dirección.