Micelio

Artículo 56

Los Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares Que En Curso O Exámenes De Capacitación Para Ascenso No Obtenga Calificaciones Suficientes Para Aprobarlos, Tendrán Derecho A Una Segunda Prueba, De Acuerdo Con Reglamentación Expedida Por El Gobierno

Decreto 3071 de 1968 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares que en curso o exámenes de capacitación para ascenso no obtenga calificaciones suficientes para aprobarlos, tendrán derecho a una segunda prueba, de acuerdo con reglamentación expedida por el Gobierno.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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