Cuando la disolución provenga de causales distintas del vencimiento del plazo, fusión, y decisión del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, la Asamblea General declarará disuelta la empresa dentro de los sesenta (60) días siguientes a la ocurrencia del hecho que la determina. El Instituto podrá ordenar la disolución y liquidación, cuando la Asamblea no se reúna para tal efecto.
Decreto 2073 de 1973 →Vigente
Artículo 42
Cuando La Disolución Provenga De Causales Distintas Del Vencimiento Del Plazo, Fusión, Y Decisión Del Instituto Colombiano De La Reforma Agraria, La Asamblea General Declarará Disuelta La Empresa Dentro De Los Sesenta (60) Días Siguientes A La Ocurrencia Del Hecho Que La Determina
Decreto 2073 de 1973 · Por el cual se expide el estatuto sobre régimen jurídico de las Empresas Comunitarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.