Micelio

Artículo 53

Decreto 515 de 1986 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2845 de 1984 y se dictan disposiciones sobre el deporte, la educación física y la recreación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Nacional de Radio y Televisión (Inravisión) a solicitud del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte (Coldeportes), podrá declarar de interés nacional la transmisión por sus canales de competiciones o eventos deportivos nacionales o internacionales, orientados a fomentar la afición, la práctica y el mejoramiento del deporte, así como para dar esparcimiento a la comunidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 515 de 1986