Micelio

Artículo 11

Las Juntas Directivas De Los Establecimientos Públicos Nacionales Se Abstendrán De Aprobar Los Acuerdos Internos De Obligaciones Y De Ordenación De Gastos, Cuando Superen El Valor Máximo Autorizado Para Las Nóminas De Personal

Decreto 1028 de 1984 · Por el cual se determina el valor máximo de las nóminas de personal de la Administración Pública Nacional y de las Intendencias y Comisaría

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las juntas directivas de los establecimientos públicos nacionales se abstendrán de aprobar los acuerdos internos de obligaciones y de ordenación de gastos, cuando superen el valor máximo autorizado para las nóminas de personal. Estos acuerdos se enviarán al jefe de la división delegada de presupuesto del ministerio o departamento administrativo al cual esté adscrito el establecimiento público, para que verifique su conformidad con el presente Decreto o solicite su corrección en caso contrario, dando aviso de ello al auditor de la Contraloría General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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