Por la naturaleza de la Entidad, por estar vinculada al Ministerio de Defensa Nacional y por los fines que ésta desarrolla en relación con el servicio público de la seguridad nacional, sus trabajadores y empleados no pertenecen a la carrera administrativa ni podrán sindicalizarse, no obstante lo cual, en el escogimiento de los candidatos para ingresar dicho personal prevalece el sistema de selección de méritos, aptitudes e integridad moral.
Artículo 25
Por La Naturaleza De La Entidad, Por Estar Vinculada Al Ministerio De Defensa Nacional Y Por Los Fines Que Ésta Desarrolla En Relación Con El Servicio Público De La Seguridad Nacional, Sus Trabajadores Y Empleados No Pertenecen A La Carrera Administrativa Ni Podrán Sindicalizarse, No Obstante Lo Cual, En El Escogimiento De Los Candidatos Para Ingresar Dicho Personal Prevalece El Sistema De Selección De Méritos, Aptitudes E Integridad Moral
Decreto 2344 de 1971 · Por el cual se reorganiza el Servicio Aéreo a Territorios Nacionales-Satena
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.