Micelio

Artículo 3

De Conformidad Con Lo Establecido En El Decreto 161 De 1968 Y Demás Disposiciones Legales Vigentes Sobre La Materia El Instituto Nacional De Investigaciones Geológico Mineras Cumplirá En Todo El Territorio Nacional Las Actividades De Planeamiento, Organización, Ejecución Y Divulgación De Los Estudios De Investigación Sistemática De Los Recursos Naturales No Renovables Del País

Decreto 441 de 1969 · por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras (Ingeominas).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. De conformidad con lo establecido en el Decreto 161 de 1968 y demás disposiciones legales vigentes sobre la materia el Instituto Nacional de Investigaciones Geológico Mineras cumplirá en todo el territorio nacional las actividades de planeamiento, organización, ejecución y divulgación de los estudios de investigación sistemática de los recursos naturales no renovables del país. Para llevar a cabo estos objetivos el Instituto cumplirá las siguientes funciones

a)

Investigar y evaluar los recursos naturales no renovables del país;

b)

Adelantar, en el territorio nacional, los trabajos geológicos regionales con el objeto de complementar el mapa geológico del país y determinar la ocurrencia, origen y distribución de yacimientos de minerales y de rocas industriales;

c)

Estudiar por métodos geológicos de superficie, geofísicos, geoquímicos y otros de naturaleza semejante, las áreas promisorias;

d)

Evaluar técnicamente las reservas de yacimientos minerales v áreas mineralizadas con el fin de estimular inversiones en la exploración y explotación de los mismos, en desarrollo de los planes oficiales de fomento de la industria nacional y de las exportaciones;

e)

Estudiar los recursos de agua subterránea del país;

f)

Realizar trabajos de ingeniería geológica para obras civiles de entidades oficiales o particulares;

g)

Ejecutar las investigaciones de laboratorios, químicas, petrográficas, mineralógicas, paleontológicas, palinologías y de más necesarias en los estudios geológicos o mineros;

h)

Efectuar investigaciones de explotación y beneficio de minerales, metales, rocas y su aplicación a usos industriales;

i)

Compilar toda la información sobre trabajos geológicos, químicos y metalúrgicos realizados hasta la fecha por las entidades que entran a formar parte del Instituto y di aquella que la Junta Directiva estime conveniente;

j)

Elaborar y publicar los informes de los estudios que se realicen

k)

Prestar asistencia técnica a entidades oficiales y privadas en todo tipo de investigaciones relacionadas con las propias del Instituto; y

l)

Las demás funciones que le asigne el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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