º El Ministerio De Educación Nacional, Con La Asesoría Del Instituto Colombiano De La Juventud Y El Deporte Y Las Juntas Administradoras Seccionales De Deportes, Velará Porque En Los Eventos Deportivos Para Niños Se Den Las Condiciones Mínimas Para Preservar Su Normal De Desarrollo Físico, Intelectual Y Social, Y Su Práctica En Instalaciones Adecuadas Y Con Elementos Apropiados A Su Edad Cronológica, Bajo El Cuidado De Padres De Familia, Educadores Y Técnicos Deportivos
Decreto 2225 de 1985 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2845 de 1984 y se dictan disposiciones sobre la participación de niños en eventos deportivos y recreativos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º El Ministerio de Educación Nacional, con la asesoría del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte y las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes, velará porque en los eventos deportivos para niños se den las condiciones mínimas para preservar su normal de desarrollo físico, intelectual y social, y su práctica en instalaciones adecuadas y con elementos apropiados a su edad cronológica, bajo el cuidado de padres de familia, educadores y técnicos deportivos.
Parágrafo
Se consideran niños aquéllos cuya edad se extiende desde el nacimiento hasta los 12 años no cumplidos.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.