° La circunstancia anterior deberá ser demostrada por el respectivo Ministerio o Departamento Administrativo ante la Dirección Nacional del Presupuesto, para que ésta pueda adicionar los acuerdos mensuales de ordenación de gastos sobre, las apropiaciones de los servicios en referencia.
Decreto 141 de 1961 →Vigente
Artículo 2
La Circunstancia Anterior Deberá Ser Demostrada Por El Respectivo Ministerio O Departamento Administrativo Ante La Dirección Nacional Del Presupuesto, Para Que Ésta Pueda Adicionar Los Acuerdos Mensuales De Ordenación De Gastos Sobre, Las Apropiaciones De Los Servicios En Referencia
Decreto 141 de 1961 · Por el cual se reglamenta la aplicación del artículo 2° del Decreto-ley número 1708 de 1960
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.