Micelio

Artículo 32

La Revisoría Fiscal Estará A Cargo De Un Revisor Fiscal Elegido Por La Asamblea General Y Tendrá Las Siguientes Funciones: 1°

Decreto 2073 de 1973 · Por el cual se expide el estatuto sobre régimen jurídico de las Empresas Comunitarias

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 32. La revisoría fiscal estará a cargo de un revisor fiscal elegido por la asamblea general y tendrá las siguientes funciones: 1°. Asegurar que las operaciones de la empresa se ejecuten de acuerdo con las decisiones de la asamblea general, la junta de administración, la ley y loe estatutos. 2° Exigir que se lleve al dia la contabilidad, actas y registros de la empresa. 3°. Tomar las medidas necesarias para la conservación de los documentos relacionados con la correspondencia y los asientos contables. 4°. Inspeccionar los bienes de la empresa y exigir que se tomen oportunamente las medidas que tiendan a su conservación seguridad. 5°. Autorizar con su firma los inventarios y balances. 6°. Convocar la asamblea general o0 la junta de administración a reuniones extraordinarias. 7°. Colaborar con el instituto colombiano de la reforma agraria, en el control y vigilancia de la empresa, para lo cual rendirá los informes que le sean solicitados, y 8°. Hacer arqueos de caja cuando lo juzgue necesario, y, por lo menos una vez cada trimestre. 9°. Las demás que le señale la ley, los estatutos y la asamblea general.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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