ARTICULO 321 . Reserva de las diligencias . Durante la investigación previa las diligencias son reservadas, pero el defensor del imputado que rindió versión preliminar, tiene derecho a conocerlas y a que se le expidan copias.
Decreto 2700 de 1991 →Vigente
Artículo 321
Decreto 2700 de 1991 · por el cual se expiden las normas de Procedimiento Penal.
3 sentencias lo revisaron
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
- 1997C-475/97Constitucionalidad · alcance expresionEXEQUIBLE
- 2000C-1711/00Constitucionalidad · alcance expresionEXEQUIBLE
- 2001C-552/01ConstitucionalidadEXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia