Micelio

Artículo 62

La Autoridad Competente Solo Podrá Expedir Permisos Especiales Y Transitorios A Las Empresas Legalmente Habilitadas En Los Siguientes Eventos: 1

Decreto 1558 de 1998 · por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre colectivo metropolitano, distrital y/o municipal de pasajeros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La autoridad competente solo podrá expedir permisos especiales y transitorios a las empresas legalmente habilitadas en los siguientes eventos

1.

Para satisfacer el surgimiento de precisas y ocasionales demandas de transporte.

2.

Cuando se paralice el servicio de transporte por razones de inmovilización de equipos, fuerza mayor, caso fortuito, o factores perturbadores del orden público que impidan la normal prestación del servicio. Superadas las situaciones mencionadas, los permisos transitorios cesarán en su vigencia y la prestación del servicio quedará sujeta a las condiciones y requisitos exigidos. CAPITULO X Disposiciones especiales de servicio

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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