Los directores de establecimientos carcelarios son competentes para imponer sanciones de amonestación, multa o suspensión a todo el personal que trabaje en los mismos. Las resoluciones en que los directores de establecimientos carcelarios impongan sanción de suspensión deberán ser consultadas con la Dirección General de Prisiones si no fueren apeladas por el interesado.
Decreto 2655 de 1973 →Vigente
Artículo 62
Los Directores De Establecimientos Carcelarios Son Competentes Para Imponer Sanciones De Amonestación, Multa O Suspensión A Todo El Personal Que Trabaje En Los Mismos
Decreto 2655 de 1973 · Por el cual se organiza la carrera penitenciaria y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.