Los médicos que no acrediten la especialización en anestesiología, pero que ejerzan como anestesiólogos, deberán obtener su título de especialista, en un lapso no superior a cinco años a partir de la sanción de esta Ley, para seguir desempeñándose como tales.
Ley 6 de 1991 →Vigente
Artículo 12
Ley 6 de 1991 · Por la cual se reglamenta la especialidad médica de anestesiología y se dictan otras disposiciones.
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia