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Artículo 2

La Junta Directiva Del Instituto De Fomento Industria, Ifi, Determinará Las Condiciones Financieras En Que La Corporación Financiera Popular Recibirá Los Recursos, Teniendo En Cuenta, La Tasa Variable Dtf Definida Según Resolución No 42 De 1988 Y Demás Disposiciones Que La Adicionen O Modifiquen Expedidas Por La Junta Monetaria

Decreto 1220 de 1990 · por el cual se reglamenta la Ley 78 de 1988.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La junta directiva del Instituto de Fomento Industria, IFI, determinará las condiciones financieras en que la Corporación Financiera Popular recibirá los recursos, teniendo en cuenta, la tasa variable DTF definida según Resolución No 42 de 1988 y demás disposiciones que la adicionen o modifiquen expedidas por la Junta Monetaria. La Corporación Financiera Popular otorgará los créditos en las condiciones y plazos que para el efecto se establezcan en su Reglamento de Crédito, dentro de las directrices trazadas por la Ley 78 de 1988.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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