Micelio

Artículo 4

Los Funcionarios Designados Por La Corporación Con Carácter De Inspectores De Pesca O De Recursos Naturales, Tendrán Las Funciones Policivas Propias De Los Funcionarios De Que Trata El Artículo 36 Del Decreto 376 De 1957, Para La Vigilancia En Materia De Pesca Y Caza En El Territorio De Su Jurisdicción

Decreto 218 de 1965 · por el cual se reglamentan parcialmente los ordinales c) y d) del artículo 1° del Decreto extraordinario número 3304 de 1963.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los funcionarios designados por la Corporación con carácter de Inspectores de Pesca o de Recursos Naturales, tendrán las funciones policivas propias de los funcionarios de que trata el artículo 36 del Decreto 376 de 1957, para la vigilancia en materia de pesca y caza en el territorio de su jurisdicción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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