Micelio

Artículo 12

Decreto 555 de 1987 · por el cual se dictan normas tendientes al restablecimiento del orden público.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para efectos del cumplimiento de la regla 3 del artículo 30 del Decreto 222 de 1983, en las licitaciones públicas nacionales la Empresa Nacional de Telecomunicaciones -Telecom- dentro de los diez (10) días calendario anteriores a la fecha de su apertura, publicará dos (2) avisos, con un intervalo no inferior a tres (3) días calendario, en uno o más periódicos de amplia circulación nacional. Cuando la licitación fuere internacional o su cuantía excediere de quinientos millones de pesos ($500.000.000.00), dentro de los quince (15) días calendario anteriores a la fecha de apertura deberán publicarse tres (3) avisos con el mismo intervalo señalado en el inciso anterior El último aviso deberá ser publicado con antelación no inferior a tres (3) días calendario a la apertura de la licitación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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