º El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Comuníquese y cúmplase. Expedido en Santafé de Bogotá, D.C., a 22 de diciembre de 1994. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.
Decreto 2841 de 1994 →Vigente
Artículo 2
º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 2841 de 1994 · por el cual se modifica el Decreto 818 del 22 de abril de 1994.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.