Micelio

Artículo 3

Bonificación Por Servicios Prestados

Decreto 160 de 1984 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a los empleos públicos existentes en la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Bonificación por servicios prestados. Esta bonificación se pagará al empleado público cada vez que cumpla un año continuo de labor en la entidad, en cuantía equivalente al 25% de la asignación básica y de los gastos de representación señalados por la ley para el cargo que ocupe en la fecha en que se cause el derecho a percibirla.

Parágrafo

El cómputo de los servicios prestados para efecto de esta bonificación se hará a partir de la fecha en que cada funcionario se vincule en calidad de empleado público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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