º Suspéndense transitoriamente las normas que sean contrarias a lo dispuesto en el presente Decreto, en los términos del artículo 121 de la Constitución Política.
Decreto 668 de 1984 →Vigente
Artículo 4
Suspéndense Transitoriamente Las Normas Que Sean Contrarias A Lo Dispuesto En El Presente Decreto, En Los Términos Del Artículo 121 De La Constitución Política
Decreto 668 de 1984 · Por el cual se dictan medidas de orden publico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.