Micelio

Artículo 2.5.3.3.5.10

Continuidad De Los Beneficiarios

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Continuidad de los beneficiarios. Son beneficiarios de la Política de Gratuidad en la matrícula los estudiantes que a la fecha de expedición del presente decreto sean beneficiarios del Programa Generación E componente de Equidad o del Fondo Solidario para la Educación en la línea de “Auxilio económico para el pago de la matrícula de los jóvenes en condición de vulnerabilidad, en instituciones de educación superior pública”, conforme a lo establecido en el Decreto 1667 de 2021, a quienes se les garantizará la continuidad del beneficio en las condiciones que se definan en el reglamento operativo que expida la Junta Administradora.

Parágrafo

El apoyo económico de sostenimiento financiado por el Ministerio de Educación Nacional a los beneficiarios del Programa Generación E componente de Equidad se garantizará en los montos, duración y periodicidad en que les fue otorgado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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