Micelio

Artículo 4

Cada Solicitud Que Se Eleve Encabezará El Expediente Que Debe Formarse Para Cada Obra Y A Él Se Irán Agregando Todas Las Actuaciones Pertinentes

Decreto 438 de 1928 · Por el cual se reglamentan las Leyes 25 de 1921 y 51 de 1926, respecto a obras distintas de la desecación en Fúquene, pantanos del valle de Ubaté y beneficio de las aguas de la laguna de Tota, se crea la Junta Nacional de Valorización, se reglamenta el artículo 19 de la Ley 89 de 1927 y se reforma el artículo 4º del Decreto número 1260 de 22 de julio de 1927

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Cada solicitud que se eleve encabezará el expediente que debe formarse para cada obra y a él se irán agregando todas las actuaciones pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 438 de 1928