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Artículo 2.2.6.9.4.11

Índice Sintético De La Calidad De Los Programas De Formación Del Subsistema De Formación Para El Trabajo: Es El Valor Numérico Que Se Asignará A Un Programa O Grupo De Programas De Formación Del Subsistema De Formación Para El Trabajo - Sft; En Una Escala Numérica Predeterminada Donde Uno De Los Extremos, El Mayor, Es La Nota Máxima De Calidad

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

índice Sintético de la Calidad de los Programas de Formación del Subsistema de Formación para el Trabajo: Es el valor numérico que se asignará a un programa o grupo de programas de Formación del Subsistema de Formación para el Trabajo - SFT; en una escala numérica predeterminada donde uno de los extremos, el mayor, es la nota máxima de calidad. Ese valor se obtiene al procesar los valores individuales y pesos de cada uno de los indicadores que lo conforman.

Parágrafo 1

El Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Educación Nacional reglamentarán los indicadores y el índice sintético que evalúan la calidad de los programas del Subsistema de Formación para el Trabajo - SFT.

Parágrafo 2

El Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Educación Nacional podrán ampliar o modificar los indicadores de calidad y el índice sintético a los que se refiere en el 2.2.6.9.4.10 y 2.2.6.9.4.11 cuando así se requiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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