° Para cada empresa periodística, y para uso de los voceadores y conductores del periódico, se expedirán dos pasajes por cada ferrocarril y ramal, por el término de seis meses y mediante solicitud hecha por el Director del periódico al Gerente de la respectiva empresa.
El reconocimiento de estos pasajes se cumplirá por los empleados del correspondiente ferrocarril, dadas las siguientes condiciones
Que el voceador presente además un carnet con su retrato, autorizado por el Director del periódico o por el Gerente o Administrador de la empresa a que sirve de manera especial.
Que el voceador presente un certificado de la Policía de no haber sido penado por robo o ratería durante los dos últimos años anteriores.
Que presente aspecto de buena salud y de limpieza; y
Que se limite a vender periódicos y revistas del país, y al precio determinado en el ejemplar correspondiente.
En cada Gerencia se abrirá un libro en que se anotarán las circunstancias a que se refiere el
anterior.