Micelio

Artículo 5

El Empleado O Funcionario Público Que Expida Un Pasaporte Falso, Siempre Que Se Compruebe Ese Hecho, Pagará Una Multa Igual A Diez Veces El Valor Del Pasaje O Pasajes Y Franquicias Que Se Hayan Otorgado En Virtud De Dicho Pasaporte, Sin Perjuicios De Las Sanciones Penales O De Otro Orden En Que Se Pueda Incurrir

Decreto 25 de 1924 · Por el cual se reglamenta el artículo 3o de la Ley 10 de 1921

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El empleado o funcionario público que expida un pasaporte falso, siempre que se compruebe ese hecho, pagará una multa igual a diez veces el valor del pasaje o pasajes y franquicias que se hayan otorgado en virtud de dicho pasaporte, sin perjuicios de las sanciones penales o de otro orden en que se pueda incurrir.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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