Micelio

Artículo 38

Los Ascensos De Suboficiales Se Harán Dentro Del Personal En Servicio Y Se Otorgan Por Selección Mediante Cursos De Especialización O Perfeccionamiento En La Escuela General Santander, O Por Medio De Concursos, Cuando Haya Vacantes Y La Carrera Se Iniciará En El Grado De Cabo, De Acuerdo Con Las Jerarquías De La Tropa, Anotadas En El Artículo 4

Decreto 1360 de 1942 · Por el cual se reglamenta el Escalafón de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los ascensos de Suboficiales se harán dentro del personal en servicio y se otorgan por selección mediante cursos de especialización o perfeccionamiento en la Escuela General Santander, o por medio de concursos, cuando haya vacantes y la carrera se iniciará en el grado de Cabo, de acuerdo con las jerarquías de la tropa, anotadas en el artículo 4. ° de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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